Despachos especificos

DESPACHOS ESPECIFICOS

1. Cobertura básica

1.1.

Clausulado (A) - Cobertura Todo Riesgo.

1.2.

Pérdida y/o daño material de los bienes, que se produzcan con ocasión de su transporte y cualquier otra causa que no se encuentre expresamente excluida.

1.3.

Avería general común y gruesa.

1.4.

Ambas naves culpables de colisión.

2. Coberturas adicionales

2.1.

Clausulado B - Riesgos nombrados extendidos.

2.2.

Clausulado C - Riesgos nombrados restringidos.

2.3.

Huelga, motín, asonada y conmoción civil, actos malintencionados de terceros, incluidos actos de grupos terroristas y/o grupo subversivos.

2.4.

Guerra.

2.5.

Lucro Cesante (Solo para trayectos exteriores).

2.6.

Gastos adicionales (Solo para trayectos exteriores).

3. Exclusiones

3.1.

La pérdida, el daño o el gasto atribuibles a dolo o culpa grave del asegurado.

3.2.

El derrame, merma ordinaria, pérdida normal de peso y/o volumen.

3.3.

La pérdida, el daño o el gasto causados por el embalaje insuficiente o inadecuado.

3.4.

Causados por el vicio propio o la naturaleza de los bienes asegurados.

3.5.

Las pérdidas o daños causados por roedores, comején, gorgojo, polilla u otras plagas.

3.6.

Guerra declarada o no, invasión, actos enemigos extranjeros, hostilidades, guerra interna y guerras civiles.

3.7.

Huelgas, conflictos colectivos de trabajo, disturbios políticos, sabotaje, terrorismo, actos mal intencionados de terceros.

3.8.

Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva.

3.9.

Lucro cesante, demora o pérdida de mercado, pérdida de utilidades, pérdida de beneficios

4. Deducibles

Aplican los deducibles establecidos en la póliza, de acuerdo con las características de cada riesgo y tipo de mercancía a transportar.

5. Valor asegurado

El valor por indemnizar no excederá, en ningún caso, de la suma asegurada expresada por despacho en la carátula de la póliza y de la aplicación de la regla proporcional, efecto del seguro insuficiente.

6. Tarifas

La definición de las tarifas para nuestros asegurados es un proceso asociado a las características individuales de cada riesgo y en función de los criterios propios, por lo que lo invitamos a que nos contacte directamente o a través de uno de nuestros intermediarios.

8. Documentos para la atención de reclamos

Aviso de Siniestro: Según lo señala el artículo 1075 del Código de Comercio, el asegurado y/o beneficiario estarán obligados a dar noticia a Berkley de la ocurrencia del siniestro, dentro de los tres (03) días siguientes a la fecha en que lo hayan conocido o debido conocer.

Formalización de la Reclamación: La siguiente es una guía de los documentos sugeridos por Berkley para la atención de un reclamo y su formalización, pudiendo ser omitidos o adicionados otros, según las circunstancias del evento y la cobertura que se pretenda afectar.

8.1. Documentos sugeridos:

8.1.1.

Carta de reclamación enviada por el asegurado o por el beneficiario indicando circunstancias de modo, tiempo, lugar y causa (s) del siniestro.

8.1.2.

Factura comercial.

8.1.3.

Lista de Empaque.

8.1.4.

Conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, remesa, remisión, Según el medio de transporte.

8.1.5.

Factura de los fletes cancelados.

8.1.6.

En despachos de importación o exportación el respectivo manifiesto.

8.1.7.

Manifiesto de carga terrestre con sus respectivas observaciones.

8.1.8.

Reclamo previo presentado ante los responsables del siniestro, dentro de los términos prescritos en el contrato de transporte o en la ley.

8.1.9.

Certificado de recibo y entrega de las mercancías expedidas por los transportadores, almacenadoras, o por las autoridades portuarias o aduaneras, según el caso.

8.1.10.

Copia o constancia de la denuncia penal por hurto.

8.2. Para importaciones o exportaciones, adicionalmente los siguientes:

8.2.1

Registro de importación o exportación.

8.2.2

Declaración de avería gruesa en su caso.

8.2.3.

Certificado de reingreso, para las exportaciones en moneda extranjera.

Sin perjuicio de la libertad probatoria que le asiste al asegurado y/o beneficiario, Berkley se reserva en todos los casos el derecho de solicitar información adicional que considere necesaria para que sea demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía pérdida del evento reclamado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio.

Los canales dispuestos por Berkley para presentar el aviso de siniestro y/o una reclamación son:

Correo electrónico: [email protected]

Domicilio principal en la ciudad de Bogotá: Calle 75 No. 5 – 88, Piso 3.

Informamos al consumidor financiero que Berkley realizará el estudio y la definición de la reclamación dentro del plazo establecido en la ley en el artículo 1080 del Código de Comercio.

Para más información sobre las coberturas, exclusiones y otras condiciones del seguro, consulte el condicionado general y particular de la póliza.

Berkley Colombia utiliza cookies que son necesarias para que sus páginas funcionen correctamente. Adicionalmente utiliza cookies de análisis y rendimiento si usted decide aceptarlas voluntariamente seleccionando AJUSTAR. Para más detalle por favor consulte el aviso de privacidad aquí