DESPACHOS ESPECIFICOS
1. Cobertura básica
Clausulado (A) - Cobertura Todo Riesgo.
Pérdida y/o daño material de los bienes, que se produzcan con ocasión de su transporte y cualquier otra causa que no se encuentre expresamente excluida.
Avería general común y gruesa.
Ambas naves culpables de colisión.
2. Coberturas adicionales
Clausulado B - Riesgos nombrados extendidos.
Clausulado C - Riesgos nombrados restringidos.
Huelga, motín, asonada y conmoción civil, actos malintencionados de terceros, incluidos actos de grupos terroristas y/o grupo subversivos.
Guerra.
Lucro Cesante (Solo para trayectos exteriores).
Gastos adicionales (Solo para trayectos exteriores).
3. Exclusiones
La pérdida, el daño o el gasto atribuibles a dolo o culpa grave del asegurado.
El derrame, merma ordinaria, pérdida normal de peso y/o volumen.
La pérdida, el daño o el gasto causados por el embalaje insuficiente o inadecuado.
Causados por el vicio propio o la naturaleza de los bienes asegurados.
Las pérdidas o daños causados por roedores, comején, gorgojo, polilla u otras plagas.
Guerra declarada o no, invasión, actos enemigos extranjeros, hostilidades, guerra interna y guerras civiles.
Huelgas, conflictos colectivos de trabajo, disturbios políticos, sabotaje, terrorismo, actos mal intencionados de terceros.
Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva.
Lucro cesante, demora o pérdida de mercado, pérdida de utilidades, pérdida de beneficios
4. Deducibles
Aplican los deducibles establecidos en la póliza, de acuerdo con las características de cada riesgo y tipo de mercancía a transportar.
5. Valor asegurado
El valor por indemnizar no excederá, en ningún caso, de la suma asegurada expresada por despacho en la carátula de la póliza y de la aplicación de la regla proporcional, efecto del seguro insuficiente.
6. Tarifas
La definición de las tarifas para nuestros asegurados es un proceso asociado a las características individuales de cada riesgo y en función de los criterios propios, por lo que lo invitamos a que nos contacte directamente o a través de uno de nuestros intermediarios.
8. Descargue y conozca el condicionado general del producto
8. Documentos para la atención de reclamos
Aviso de Siniestro: Según lo señala el artículo 1075 del Código de Comercio, el asegurado y/o beneficiario estarán obligados a dar noticia a Berkley de la ocurrencia del siniestro, dentro de los tres (03) días siguientes a la fecha en que lo hayan conocido o debido conocer.
Formalización de la Reclamación: La siguiente es una guía de los documentos sugeridos por Berkley para la atención de un reclamo y su formalización, pudiendo ser omitidos o adicionados otros, según las circunstancias del evento y la cobertura que se pretenda afectar.
8.1. Documentos sugeridos:
Carta de reclamación enviada por el asegurado o por el beneficiario indicando circunstancias de modo, tiempo, lugar y causa (s) del siniestro.
Factura comercial.
Lista de Empaque.
Conocimiento de embarque, guía aérea o carta de porte, remesa, remisión, Según el medio de transporte.
Factura de los fletes cancelados.
En despachos de importación o exportación el respectivo manifiesto.
Manifiesto de carga terrestre con sus respectivas observaciones.
Reclamo previo presentado ante los responsables del siniestro, dentro de los términos prescritos en el contrato de transporte o en la ley.
Certificado de recibo y entrega de las mercancías expedidas por los transportadores, almacenadoras, o por las autoridades portuarias o aduaneras, según el caso.
Copia o constancia de la denuncia penal por hurto.
8.2. Para importaciones o exportaciones, adicionalmente los siguientes:
Registro de importación o exportación.
Declaración de avería gruesa en su caso.
Certificado de reingreso, para las exportaciones en moneda extranjera.
Sin perjuicio de la libertad probatoria que le asiste al asegurado y/o beneficiario, Berkley se reserva en todos los casos el derecho de solicitar información adicional que considere necesaria para que sea demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía pérdida del evento reclamado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio.
Los canales dispuestos por Berkley para presentar el aviso de siniestro y/o una reclamación son:
Correo electrónico: [email protected]
Domicilio principal en la ciudad de Bogotá: Calle 75 No. 5 – 88, Piso 3.
Informamos al consumidor financiero que Berkley realizará el estudio y la definición de la reclamación dentro del plazo establecido en la ley en el artículo 1080 del Código de Comercio.
Para más información sobre las coberturas, exclusiones y otras condiciones del seguro, consulte el condicionado general y particular de la póliza.