Seguro de responsabilidad civil contractual

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL

1. Cobertura básica

1.1.

Cubre los prejuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause el Asegurado en el desarrollo del transporte de pasajeros a través de un vehículo a motor, por hechos accidentales o súbitos.

1.2.

De acuerdo con lo establecido por Ley, la cobertura se limita a:

  • Muerte accidental
  • Incapacidad permanente
  • Incapacidad temporal
  • Gastos médicos

2. Coberturas adicionales

No aplica

3. Exclusiones del producto

3.1.

Las lesiones corporales, muerte o daños causados al asegurado y/o al Conductor del vehículo

3.2.

Inobservancia de la ley

3.3.

Dolo o culpa grave del asegurado.

3.4.

Confiscación proveniente de cualquier acto de autoridad.

3.5.

Guerra civil o internacional, invasión, rebelión, revolución, insurrección, usurpación del poder, huelgas, motines, asonadas, manifestaciones públicas.

3.6.

Actos terroristas, Guerra, AMIT y HACC

3.7.

Multas o sanciones.

3.8.

Fuerza mayor y/o actos de la naturaleza.

3.9.

Participación del vehículo en eventos.

4. Deducibles

Los deducibles se estipulan dentro de la póliza y varían de acuerdo con las características de cada riesgo.

5. Valor asegurado

El valor por indemnizar no excederá, en ningún caso, de la suma asegurada expresada en la carátula de la póliza.

6. Beneficios del producto

  • Pólizas ajustadas a lo requerido por la Ley para esta actividad.
  • Pólizas en exceso que amplían el límite asegurado a un menor costo y brinda protección para los siniestros de severidad.

7. Tarifas

La definición de las tarifas para nuestros asegurados es un proceso asociado a las características individuales de cada riesgo y en función de los criterios propios, por lo que lo invitamos a que nos contacte directamente o a través de uno de nuestros intermediarios.

9. Documentos para la atención de reclamos

Aviso de Siniestro: Según lo señala el artículo 1075 del Código de Comercio, el asegurado y/o beneficiario estarán obligados a dar noticia a Berkley de la ocurrencia del siniestro, dentro de los tres (03) días siguientes a la fecha en que lo hayan conocido o debido conocer.

Formalización de la Reclamación: La siguiente es una guía de los documentos sugeridos por Berkley para la atención de un reclamo y su formalización, pudiendo ser omitidos o adicionados otros, según las circunstancias del evento y la cobertura que se pretenda afectar.

Carta de reclamación enviada por el asegurado o por el beneficiario indicando circunstancias de modo, tiempo, lugar y causa (s) del siniestro.

Sin perjuicio de la libertad probatoria que le asiste al asegurado y/o beneficiario, Berkley se reserva en todos los casos el derecho de solicitar información adicional que considere necesaria para que sea demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía pérdida del evento reclamado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio.

Los canales dispuestos por Berkley para presentar el aviso de siniestro y/o una reclamación son:

Correo electrónico: [email protected]

Domicilio principal en la ciudad de Bogotá: Calle 75 No. 5 – 88, Piso 3.

Informamos al consumidor financiero que Berkley realizará el estudio y la definición de la reclamación dentro del plazo establecido en la ley en el artículo 1080 del Código de Comercio.

Para más información sobre las coberturas, exclusiones y otras condiciones del seguro, consulte el condicionado general y particular de la póliza.

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