Seguro de responsabilidad civil Extracontractual

1. Coberturas básicas

Indemnizar los daños patrimoniales y extrapatrimoniales por la Responsabilidad civil en que pueda incurrir el Asegurado durante el desarrollo de sus activiades, incluyendo los gastos de defensa y gasto médicos para estabilizar al tercero afectado.

2. Coberturas adicionales

Las coberturas adicionales varian de una poliza a otra, las mas frecuentes son :

2.1.

2.1. Responsabilidad Civil por Contratistas y subcontratistas

2.2.

Responsabilidad civil patronal.

2.3.

Responsabilidad civil para vehículos propios y no propios.

2.4.

Responsabilidad civil cruzada.

2.5.

Responsabilidad Civil Parqueaderos

2.6.

Responsabilidad civil por contaminación accidental

2.7.

Responsabilidad civil por personal de celaduría, vigilancia y seguridad.

2.8.

Responsabilidad civil “viajes al exterior” y participación del asegurado en ferias y exposiciones en el exterior.

3. Exclusiones del producto

3.1.

. El incumplimiento total o parcial de las obligaciones de un Contrato

3.2.

Contaminación paulatina o gradual del medio ambiente

3.3.

Lesiones personales, muerte y/o daños materiales ocasionados por la inobservancia o la violación deliberada de una obligación determinada impuesta por reglamentos, estudios técnicos o por instrucciones emitidas por cualquier autoridad.

3.4.

Enfermedad profesional.

3.5.

Culpa exclusiva de la victima.

3.6.

Multas, sanciones, penalidades y todo tipo de daños punitivos

3.7.

Cualquier acto de terrorismo, Guerra, Huelga, Motín, Asonada, actos mal intencionados de terceros.

4. Deducibles

Los deducibles se estipulan dentro de la póliza y varían de acuerdo con las características de cada riesgo.

5. Valor asegurado

El valor por indemnizar no excederá, en ningún caso, de la suma asegurada expresada en la carátula de la póliza.

6. Beneficios del producto

  • Pólizas de Responsabilidad Civil Extracontractual, estructuradas acorde a la necesidad de los Asegurados.
  • Pólizas en exceso que amplían el límite asegurado a un menor costo y brinda protección para los siniestros de severidad.

7. Tarifas

La definición de las tarifas para nuestros asegurados es un proceso asociado a las características individuales de cada riesgo y en función de los criterios propios, por lo que lo invitamos a que nos contacte directamente o a través de uno de nuestros intermediarios.

9. Documentos para la atención de reclamos

Aviso de Siniestro: Según lo señala el artículo 1075 del Código de Comercio, el asegurado y/o beneficiario estarán obligados a dar noticia a Berkley de la ocurrencia del siniestro, dentro de los tres (03) días siguientes a la fecha en que lo hayan conocido o debido conocer.

Formalización de la Reclamación: La siguiente es una guía de los documentos sugeridos por Berkley para la atención de un reclamo y su formalización, pudiendo ser omitidos o adicionados otros, según las circunstancias del evento y la cobertura que se pretenda afectar.

9.1 RCE Daños Materiales

Informe Administrativo elaborado por el Asegurado que indique las circunstancias de tiempo, modo, lugar y causa de los hechos materia del aviso de siniestro.

Carta de reclamación del tercero afectado al asegurado, indicando las circunstancias de tiempo, modo y lugar, indique sus pretensiones y adjunte los documentos soporte respectivos.

Facturas o recibos de los gastos incurridos por el tercero.

Copia de la Factura Histórica de Compra de los elementos afectados por hurto o daños.

cotizaciones de valor de reposición a nuevo de los elementos afectados por hurto o daños.

Concepto Técnico de firma especializada que indique el daño, la causa, si son reparables o no los bienes afectados por daños y su costo.

Presupuesto de Reparación de los bienes afectados en el que se discriminen los valores por concepto de mano de obra, materiales o repuestos y precios unitarios.

Copia de la Denuncia Penal presentada ante la autoridad competente con ocasión de los hechos materia del aviso de siniestro (hurto)

Certificación de no reclamación expedida por la Aseguradora de los bienes afectados o declaración extrajucio ante Notario Público en la que el Tercero afectado indique que no ha presentado reclamación ante Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, con ocasión de los hechos materia del aviso de siniestro.

Historia clínica en caso de lesiones personales.

Certificado de incapacidad en caso de lesiones personales.

Cualquier documento que demuestre el perjuicio económico del tercero en caso de daños materiales

9.2 RCE. Lesiones o Muerte

Informe Administrativo elaborado por el Asegurado que indique las circunstancias de tiempo, modo, lugar y causa de los hechos materia del aviso de siniestro.

Carta de reclamación del Tercero afectado dirigida al Asegurado en la que lo declare responsable de los hechos materia del aviso de siniestro, indique sus pretensiones y adjunte los documentos soporte respectivos.

Comunicación de Respuesta del Asegurado a la reclamación presentada por el Tercero afectado.

Copia de la Historia Clínica elaborada con ocasión de la atención medica prestada al Tercero afectado con ocasión de los hechos materia del aviso de siniestro

Certificación de las incapacidades medicas otorgadas al Tercero afectado

Concepto de Médico Especialista que determine la lesión sufrida por el Tercero afectado, tratamiento a seguir y su costo.

Copia de los documentos soporte contables de los gastos incurridos por el Tercero afectado por concepto de honorarios profesionales médicos, tratamientos, exámenes y compra de medicamentos.

Copia de Certificación Laboral, con fecha de expedición menor a 30 días.

Copia de la Cedula de Ciudadanía del Tercero afectado

Copia del Registro Civil de Defunción del Causante (muerte)

• Copia de los Registros Civiles que acrediten el parentesco de los reclamantes con el Causante (muerte).

Sin perjuicio de la libertad probatoria que le asiste al asegurado y/o beneficiario, Berkley se reserva en todos los casos el derecho de solicitar información adicional que considere necesaria para que sea demostrada la ocurrencia del siniestro y la cuantía pérdida del evento reclamado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1077 del Código de Comercio.

Los canales dispuestos por Berkley para presentar el aviso de siniestro y/o una reclamación son:

Correo electrónico: [email protected]

Domicilio principal en la ciudad de Bogotá: Calle 75 No. 5 – 88, Piso 3.

Informamos al consumidor financiero que Berkley realizará el estudio y la definición de la reclamación dentro del plazo establecido en la ley en el artículo 1080 del Código de Comercio.

Para más información sobre las coberturas, exclusiones y otras condiciones del seguro, consulte el condicionado general y particular de la póliza.

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